Estudio de Gestión de Residuos: qué debe contener (RD 105/2008)

Última revisión: septiembre de 2026

El productor de residuos —normalmente el promotor a través del proyectista— debe incluir en el proyecto de ejecución un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición (RCD). El artículo 4 del RD 105/2008 fija lo que tiene que contener.

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Rellenas un cuestionario; el documento sale con la estructura y los artículos que pide la norma.

Contenido mínimo (art. 4.1.a)

El estudio debe incluir, como mínimo:

  • ·Una estimación de la cantidad de residuos que se generarán, codificados con arreglo a la Lista Europea de Residuos (Orden MAM/304/2002), expresada en toneladas y en metros cúbicos.
  • ·Las medidas para la prevención de residuos en la obra objeto del proyecto.
  • ·Las operaciones de reutilización, valorización o eliminación a que se destinarán los residuos.
  • ·Las medidas para la separación de los residuos en obra, en particular para el cumplimiento por parte del poseedor de las obligaciones del artículo 5 (separación por fracciones cuando se superan los umbrales del art. 5.5).
  • ·Los planos de las instalaciones previstas para el almacenamiento, manejo, separación y, en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos dentro de la obra.
  • ·Las prescripciones del pliego de prescripciones técnicas particulares del proyecto en relación con el almacenamiento, manejo, separación y demás operaciones de gestión.
  • ·Una valoración del coste previsto de la gestión de los residuos, que formará parte del presupuesto del proyecto en capítulo independiente.

La separación en obra (art. 5.5)

El poseedor de los residuos (el contratista, durante la ejecución) está obligado a separarlos por fracciones cuando, de forma individualizada para cada una de ellas, la cantidad prevista supere el umbral del artículo 5.5. Por debajo de esos umbrales, la separación puede encomendarse a un gestor autorizado.

El estudio debe anticipar qué fracciones habrá que separar según la estimación de generación, y preverlo en los planos y en el pliego.

Del estudio al plan de gestión

El estudio forma parte del proyecto. Antes del inicio de la obra, el contratista (poseedor) presenta un plan de gestión de residuos que desarrolla el estudio y lo adapta a su sistema de ejecución; ese plan lo aprueba la dirección facultativa y pasa a formar parte de la documentación contractual de la obra.

Al finalizar, el poseedor debe entregar al productor los certificados de los gestores que acrediten la entrega de los residuos.

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