Certificado de Antigüedad de una edificación

Certificado de Antigüedad con la descripción, las superficies, la antigüedad mínima estimada y la situación urbanística de la edificación, para la declaración de obra nueva por antigüedad.

Generar este documento →

Redacta genera un borrador. Antes de usarlo, debe revisarlo, completarlo, auditarlo y firmarlo un técnico competente, que asume la responsabilidad del documento firmado. Descargo de responsabilidad.

¿Prefieres verlo antes?

Te enviamos un ejemplo completo en Word (con datos de muestra) a tu correo.

Te enviamos el ejemplo y, si lo confirmas, avisos cuando cambie la normativa. Conforme a la política de privacidad; baja cuando quieras.

El Certificado de Antigüedad lo emite un técnico competente para acreditar la fecha aproximada de terminación de una edificación existente y su descripción, a efectos de inscribirla en el Registro de la Propiedad mediante declaración de obra nueva 'por antigüedad', cuando ha transcurrido el plazo para adoptar medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística (art. 28.4 del texto refundido de la Ley de Suelo).

Este generador produce el certificado con la descripción constructiva, las superficies construidas y de parcela, la antigüedad mínima estimada, las fuentes utilizadas (ortofotografía, catastro histórico) y la situación urbanística.

Qué debe contener

Descripción de la edificación
Tipología, sistema constructivo, número de plantas y uso.
Superficies
Superficie construida y superficie de la parcela.
Antigüedad mínima estimada
Fecha de referencia y su justificación mediante ortofotos del PNOA, cartografía y datos catastrales históricos.
Situación urbanística
Estado de conservación y si la edificación se encuentra o no en situación de fuera de ordenación.

Cuándo es obligatorio

  • ·Para la declaración de obra nueva por antigüedad e inscripción registral de una edificación no declarada (art. 28.4 Ley de Suelo).
  • ·Habitualmente lo exige el notario y el registrador junto con la certificación catastral descriptiva y gráfica.

Normativa de referencia

Preguntas frecuentes

¿Qué antigüedad debe tener la edificación?

La suficiente para que haya prescrito la posibilidad de la administración de adoptar medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística; el plazo lo fija la legislación urbanística autonómica (habitualmente entre 4 y 15 años, según la comunidad y el suelo).

¿Sirve para suelo no urbanizable?

Puede emitirse, pero la inscripción y las cautelas registrales son distintas en suelo rústico; conviene comprobar la normativa autonómica y consultar con el registrador.

Genera este documento con tus datos en unos minutos.

Cuenta gratuita · descarga en PDF · Word en los planes de pago.

Crear cuenta y generar →

Novedades normativas, sin ruido

Te avisamos cuando cambie una norma que afecta a este documento (RD, CTE, instrucciones técnicas…). Nada más.

Solo para avisos de cambios normativos. Tratamos tu correo conforme a la política de privacidad y puedes darte de baja cuando quieras.

Términos relacionados: modelo certificado de antigüedad · certificado antigüedad vivienda word · declaración obra nueva por antigüedad · certificado antigüedad art 28.4.