Certificado Final de Obra: qué es, quién lo firma y qué contiene
Última revisión: septiembre de 2026
El certificado final de obra (CFO) es el documento con el que la dirección facultativa da por terminada la obra y acredita que se ha ejecutado conforme al proyecto, a la normativa y a las reglas de la buena construcción. Sin él no se puede tramitar la licencia de primera ocupación ni inscribir la obra nueva terminada.
Rellenas los datos de la obra y la dirección facultativa; el certificado sale con el formato habitual para visado.
Qué certifica
La Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación (LOE), sitúa el certificado final de obra dentro de la documentación de la obra ejecutada. Con él, la dirección facultativa hace constar que la obra ha sido realizada bajo su dirección y que se ha ejecutado de conformidad con el proyecto aprobado y con la documentación técnica que lo desarrolla, con la licencia y con la normativa técnica aplicable, y que la construcción está en condiciones de ser utilizada.
El certificado se acompaña de la relación de los controles realizados durante la ejecución de la obra y de sus resultados, y de una descripción de las modificaciones que, con la conformidad del promotor, se hubieran introducido durante la obra respecto al proyecto autorizado.
Quién lo firma
Lo suscriben conjuntamente el director de obra y el director de la ejecución de la obra, cada uno respecto de las funciones que la LOE le atribuye (artículos 12 y 13):
- ·El director de obra certifica los aspectos técnicos y estéticos del proyecto y su adecuación al fin previsto.
- ·El director de la ejecución de la obra certifica la dirección de la ejecución material, el control cualitativo y cuantitativo de lo construido y la conformidad de los materiales, sistemas y ejecución con el proyecto y con la normativa.
Visado y para qué se usa
El certificado se visa en los colegios profesionales correspondientes a cada firmante (colegio de arquitectos y colegio de la aparejadura / arquitectura técnica, en edificación).
Es el documento que el promotor necesita para solicitar la licencia de primera ocupación o utilización, para la declaración de obra nueva terminada ante notario y para las inscripciones registrales. También lo exigen las compañías suministradoras para dar de alta los servicios definitivos.
Qué no es
El CFO no sustituye al acta de recepción de la obra (que es el acto por el que el constructor entrega la obra y el promotor la recibe, con o sin reservas), ni al libro del edificio, ni a los certificados de las instalaciones (baja tensión, gas, telecomunicaciones…), que se tramitan por separado ante los organismos competentes.
Normativa de referencia
Generar el certificado con los datos de la obra
Cuenta gratuita · descarga en PDF · Word en los planes de pago.
Empezar →¿Te ha servido?
Te avisamos cuando cambie una norma que afecte a este documento. Nada más.