¿Necesito coordinador de seguridad y salud?

El artículo 3 del RD 1627/1997 obliga al promotor a designar un coordinador en fase de proyecto y otro en fase de ejecución, según quién intervenga. Indica los datos de tu obra:

¿Ya sabes quién coordina? Genera el Estudio de Seguridad y Salud de la obra:

Generar el Estudio de Seguridad y Salud →

Antes de nada, comprueba si te corresponde el Estudio Básico o el completo.

La designación no exime al promotor de sus responsabilidades (art. 3.4) y ambos coordinadores pueden ser la misma persona (art. 3.3). Resultado orientativo; la determinación final es responsabilidad del técnico.